La libertad, es la facultad que tiene el ser humano de elegir fines o tener autonomía, autodeterminación, sin tener que estar sometido por otra persona. Es decir la voluntad que tiene el ser humano de hacer, no hacer, pensar, o no pensar, decidir o no; entre otras cosas.
Es el conjunto de Derechos y Libertades de las que goza el Ciudadano y se encuentran protegidas por las leyes de la nación, a fin de que ninguna autoridad o institución pueda pasar sobre ellas, al tiempo que regula.
La garantía de libertad, protege y salva guarda ciertos derechos como la libertad de trabajo, expresión, procreación entre otros; y así mismo que estos no sean violados ni vulnerados, y estas libertades especificas que cuida dicha garantía deberán ser respetada por las autoridades; dicha libertad no deberán perjudicar a terceros.
Artículo 1. prohibición de la esclavitud
Artículo 2. apartado a autodeterminación de los pueblos indígenas
• Artículo 3. libertad de Educación
• Artículo 4. libertad de procreación
• Artículo 5. libertad de trabajo
Artículo 6. libertad de expresión
• Artículo 7. libertad de imprenta
• Artículo 9. libertad de asociación y reunión
• Artículo 10. libertad de Posesión y portación de armas
• Artículo 11. libertad de tránsito
Artículo 24. libertad religiosa
Artículo 28. libertad de concurrencia en el mercado
Artículo 2. apartado a autodeterminación de los pueblos indígenas
• Artículo 3. libertad de Educación
• Artículo 4. libertad de procreación
• Artículo 5. libertad de trabajo
Artículo 6. libertad de expresión
• Artículo 7. libertad de imprenta
• Artículo 9. libertad de asociación y reunión
• Artículo 10. libertad de Posesión y portación de armas
• Artículo 11. libertad de tránsito
Artículo 24. libertad religiosa
Artículo 28. libertad de concurrencia en el mercado
4.4.1.- Prohibición de la esclavitud.
La esclavitud como institución jurídica es una situación por la cual una persona es propiedad de otra. Es una forma particular de relaciones de producción características de un determinado nivel de desarrollo de las fuerzas productivas en la evolución de la economía. Actualmente el artículo 1 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos estipula que “está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos Los Esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán por esté solo hecho su libertad y la protección de las leyes”.
4.4.2.- Autodeterminación de los pueblos indígenas.
Se puede entender por libre determinación la facultad de obedecer a la propia reflexión o determinación. En el derecho internacional implica el derecho de los pueblos indígenas a decidir sobre su propio futuro, por ejemplo, sobre su forma de gobierno e instituciones.
4.4.3.- Libertad de educación.
Es un derecho humano reconocido y se entiende como un derecho a la educación primaria, secundaria, preparatoria para todo niño y adolescente.
4.4.4.- Libertad de procreación.
El artículo 4 constitucional dice que: toda persona tiene derecho a decidir de manera libre responsable e informada sobre el número y el esparcimiento de sus hijos la responsabilidad no sólo involucra la información y decisión médica sino también se debe tomar en cuenta las capacidades económicas.
4.4.5.- Libertad de trabajo.
La libertad de trabajo, profesión, industria o comercio. Toda persona tiene derecho a dedicarse a la labor, empleo o profesión que desee; siempre que sea lícita únicamente podrá ser restringida por una resolución de la autoridad competente.
4.4.6.- Libertad de expresión.
La libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano consagrado en el artículo 19 de la declaración universal de los derechos humanos de 1948. De la libertad de expresión se deriva la libertad de prensa.
4.4.7.- Libertad de imprenta.
Es la facultad que se reconoce a todos los ciudadanos para que pueda exponer sus ideas en forma impresa sin más limitaciones que las fijadas por la ley incluye el derecho publicar información sin restricción.
4.4.8.- Libertad de asociación y de reunión.
Es un derecho humano que consiste en la facultad de reunirse y formar grupos, asociaciones u organizaciones lícitas, así como retirarse de las mismas.
4.4.9.- Libertad de Posesión y portación de armas.
Consiste en el derecho de cualquier individuo a la tenencia, uso y Transporte de armas, con fines defensivos, deportivos, cinegéticos escolta privada o de otra naturaleza.
4.4.10.- Libertad de tránsito.
Es la facultad que tiene toda persona de entrar, salir, viajar y mudar de residencia en la República sin necesidad de carta de seguridad pasaporte salvoconducto u otros requisitos semejantes.
4.4.11.- Prohibición de extraditar reos políticos.
No se autoriza celebración de tratados para la extradición de reos políticos ni para la de aquellos delincuentes del orden común establecido en el artículo 15 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.
4.4.12.- Libertad religiosa.
Se refiere a la opción de cada ser humano de elegir libremente su religión de no elegir ninguna o de no creer válida la existencia de un Dios.
4.4.13.- Libertad de concurrencia en el mercado.
Es la posibilidad que tienen las empresas para tener un negocio y competir en el mercado en las mismas condiciones que las demás.
4.5.- La libertad y los Derechos Humanos.
La libertad se basa genuinamente para un completo desarrollo de los Derechos Humanos tenemos que distinguir como libertad como una facultad del hombre y también como la realización del mismo
No hay comentarios:
Publicar un comentario